Conseguir permiso de residencia y trabajo por arraigo en Valencia

Conseguir permiso de residencia y trabajo por arraigo en Valencia

El permiso de residencia y trabajo por arraigo en Valencia es una de las principales vías para regularizar la situación de una persona extranjera en España. Desde Abogado Extranjería Valencia, ayudamos cada día a personas que buscan integrarse legalmente y comenzar una nueva etapa con seguridad jurídica.

Tras la entrada en vigor del Real Decreto 1155/2024, el procedimiento de arraigo ha sido actualizado y adaptado a la realidad social actual. Hoy existen cinco tipos de arraigo, cada uno pensado para diferentes situaciones personales y profesionales. En este artículo te explicamos en detalle qué son, qué requisitos exige la ley y cómo solicitarlo correctamente en Valencia.

Qué es el permiso de residencia y trabajo por arraigo

El arraigo es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales regulada en el Real Decreto 1155/2024, que permite a las personas extranjeras en situación irregular obtener residencia y permiso de trabajo si acreditan vínculos o integración en España.

Se trata de una figura jurídica que reconoce el esfuerzo de integración y ofrece una vía legal para establecerse y trabajar de forma estable en el país.

Tipos de arraigo según el RD 1155/2024

El nuevo reglamento distingue cinco tipos de arraigo, cada uno con requisitos y efectos específicos:

Arraigo social

Regulado en el artículo 122, se concede a quienes acrediten tres años de permanencia continuada en España, vínculos familiares o un informe de inserción social, además de un contrato de trabajo o medios económicos suficientes.
Permite residir y trabajar por un año, con posibilidad de renovación o modificación posterior.

Arraigo sociolaboral

Previsto en el artículo 123, se dirige a personas con dos años de residencia continuada que puedan demostrar una relación laboral de al menos seis meses en los últimos dos años.
Otorga una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena o propia de un año.

Arraigo familiar

Recogido en el artículo 124, beneficia a quienes tienen familiares directos españoles o comunitarios, o son padres de menores españoles o de la UE. También protege a hijos de españoles de origen.
Concede una residencia de cinco años, con derecho a trabajar y renovarse como larga duración.

Arraigo socioformativo

Regulado en el artículo 125, permite obtener residencia temporal a quienes lleven dos años en España y se comprometan a realizar una formación reglada o profesional.
Inicialmente se concede por 12 meses, prorrogable una vez si la formación continúa, y permite luego solicitar autorización de trabajo.

Arraigo de segunda oportunidad

Previsto en el artículo 126, está pensado para quienes perdieron una autorización de residencia anterior y han permanecido en España al menos dos años desde su pérdida.
Facilita recuperar la residencia y el permiso de trabajo, acreditando medios de vida o vínculo laboral.

Requisitos generales

Independientemente del tipo de arraigo, existen requisitos comunes:

  • No ser ciudadano de la UE, del EEE ni de Suiza.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en el país de origen.
  • No tener prohibida la entrada a España ni figurar como rechazable.
  • Acreditar la residencia continuada en España durante el tiempo exigido (2 o 3 años).
  • Cumplir los requisitos específicos de la modalidad solicitada.
Conseguir permiso de residencia y trabajo por arraigo en Valencia

Documentación necesaria

Los documentos pueden variar según el tipo de arraigo, pero en general se requiere:

  • Pasaporte completo en vigor.
  • Certificado de antecedentes penales legalizado o apostillado.
  • Certificado de empadronamiento histórico.
  • Pruebas de permanencia en España (médicos, educativos, facturas, bancarios).
  • Contrato de trabajo, medios económicos o compromiso de formación.
  • Documentos familiares si procede (certificados de nacimiento o matrimonio).
  • Justificante de pago de la tasa modelo 790 código 052.

Cómo solicitar el arraigo en Valencia paso a paso

1. Preparación del expediente

Reúne todos los documentos según el tipo de arraigo. En Abogado Extranjería Valencia revisamos cada expediente para evitar errores y garantizar que cumpla la normativa del RD 1155/2024.

2. Presentación de la solicitud

La solicitud se presenta ante la Oficina de Extranjería de Valencia, preferiblemente de forma telemática a través de la plataforma Mercurio, o presencialmente con cita previa.

3. Pago de la tasa

Debes abonar la tasa del modelo 790 código 052, correspondiente a la autorización por circunstancias excepcionales.

4. Resolución de la Oficina de Extranjería

El plazo legal para resolver es de tres meses. Si no hay respuesta, se entiende denegada por silencio administrativo..

5. Toma de huellas y expedición de la TIE

Una vez concedido el permiso, deberás acudir a la Policía Nacional para solicitar tu Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), presentando resolución favorable, pasaporte, fotografías y tasa modelo 790 código 012.

Motivos de denegación frecuentes

  • No acreditar los años de residencia exigidos.
  • Presentar antecedentes penales no cancelados.
  • Contratos o matrículas que no cumplen los requisitos legales.
  • Documentos extranjeros sin apostilla o sin traducción oficial.
  • Inconsistencias en el empadronamiento o en los justificantes de permanencia.

Evitar estos errores es esencial para que tu solicitud de arraigo en Valencia se resuelva con éxito.

Preguntas frecuentes sobre el arraigo en Valencia

¿Cuánto tarda el trámite?

El tiempo medio en Valencia suele ser de dos a cuatro meses, aunque la ley establece un máximo de tres meses para resolver.

¿Puedo trabajar con el arraigo?

Sí, todos los tipos de arraigo permiten trabajar una vez obtenida la resolución favorable y emitida la tarjeta de residencia y trabajo.

¿Qué puedo hacer si me deniegan el arraigo?

Podrás presentar un recurso de reposición o un recurso contencioso-administrativo. En nuestro despacho estudiamos tu caso y te asesoramos en la mejor vía legal.

¿Puedo reagrupar a mi familia después del arraigo?

Sí, una vez obtengas la residencia legal, podrás solicitar la reagrupación familiar si cumples los requisitos económicos y de vivienda.

¿El arraigo se puede renovar?

No se renueva, pero puede modificarse a un permiso de residencia y trabajo ordinario, según el artículo 127 del RD 1155/2024.

Apuntes finales y recomendación

El arraigo en Valencia es una oportunidad legal y real para comenzar una nueva etapa en España. Cada caso requiere un estudio cuidadoso y un expediente bien preparado para evitar retrasos o denegaciones.

En Abogado Extranjería Valencia, analizamos tu situación, preparamos toda la documentación y presentamos la solicitud ante la Oficina de Extranjería, asegurando que tu expediente cumpla todos los requisitos legales.

Puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestra web abogadoextranjeriavalencia.org o acceder directamente a la sección del arraigo en Valencia.

Para consultar la normativa vigente, puedes revisar el Real Decreto 1155/2024 en el BOE.

Últimas Entradas

Contacta con nosotros

Más entradas